Ley de donación

En Colombia, la donación y el trasplante de órganos y tejidos están regulados por la Ley 9 de 1979, la norma base de la donación en Colombia con la Ley 73 de 1988, que dicta todas las disposiciones en relación a la donación y el trasplante y el Decreto 2493 de 2004 que prohíben y penalizan la comercialización de cualquier tipo de componente anatómico.

Criterios clínicos

Cada tipo de trasplante tiene una serie de criterios médicos que deben cumplirse para que el paciente sea considerado apto para recibir el trasplante. Estos incluyen:

  • Evaluación de la función orgánica: El paciente debe tener una función orgánica deteriorada que justifique la necesidad de un trasplante.
  • Estado general de salud: Los pacientes deben estar en un estado de salud que les permita someterse a una cirugía y a la posterior recuperación.
  • Compatibilidad: Es esencial que los órganos donados sean compatibles con el receptor, para evitar el rechazo del trasplante.

 

Luego de que se considere apto para el trasplante, debe inscribirse en el registro nacional de trasplantes, el cual permite que los pacientes sean evaluados para ser incluidos en la lista de espera. Además de la evaluación médica, los pacientes deben someterse a un riguroso análisis psicológico efectuado por un profesional especializado. El trasplante de órgano implica no solo un desafío físico, sino también psicológico, los pacientes deben demostrar que tienen la fortaleza emocional necesaria para hacer frente a la cirugía y al proceso de recuperación.

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