La donación de órganos y tejidos es un acto voluntario y solidario que una persona realiza en vida o luego de fallecida con el objetivo de ayudar a alguien más a tener una segunda oportunidad o mejorar radicalmente su calidad de vida actual.
Debido a que se trata de acto altruista que se realiza con el objetivo de ayudar, no es una actividad por la cual se pueda recibir o entregar remuneración de ningún tipo. De igual forma, no tiene ningún costo para la familia o la persona que decide ser donante en vida.
Un trasplante con donante vivo es un procedimiento quirúrgico para extirpar un órgano o una parte de él, de una persona viva y colocarlo en otra persona cuyo órgano ya no funciona correctamente.
A diferencia de los donantes cadavéricos, un donante vivo puede decidir a quién donar su órgano, lo que ayuda al beneficiario a obtener un trasplante de órgano más rápido. La mayoría de las donaciones en vida son entre familiares o amigos cercanos, por lo que es una opción que beneficia a un grupo familiar.
Un donante de órgano cadavérico procede una vez se diagnostica la muerte por criterios neurológicos a una persona (muerte encefálica) o por el cese de sus funciones cardiorespiratorias. En estos casos, y una vez asegurado que el paciente no tiene oposición a la donación, los médicos tratantes se encargan de realizar una serie de exámenes al donante para determinar la viabilidad de la donación de los órganos y tejidos. En caso de que el donante presente muerte por paro cardiorrespiratorio, solo se puede extraer tejido.
Por lo anterior, manifestar el deseo de querer ser donante a nuestras familias, una vez fallecemos, entrega más oportunidades de vida de las que pensamos.
Donar órganos salva y transforma vidas, ya que una sola persona puede ayudar a varios pacientes a recuperar su salud y su calidad de vida; además, convierte la pérdida en esperanza, fortalece valores como la solidaridad y el altruismo, reduce las listas de espera y ofrece a las familias consuelo al saber que su ser querido dejó un legado de vida, todo mediante un proceso digno, respetuoso y sin costos para ellos.
Un solo donante cadavérico puede salvar hasta 8 vidas y mejorar más de 50 mediante la donación de tejidos. Los trasplantes tienen tasas de éxito superiores al 85–90 % en el primer año, y en el caso del trasplante renal pueden aumentar la expectativa de vida entre 10 y 20 años, permitiendo que más del 70 % de los receptores retome sus actividades habituales, aunque actualmente solo cerca del 10 % de la necesidad mundial de órganos es cubierta, lo que explica que cada año miles de personas fallezcan en lista de espera.
La donación de órganos no genera beneficios económicos ni recompensas materiales directas para el donante ni para su familia. La donación de órganos es considerada un acto altruista y solidario, y la ley prohíbe cualquier tipo de compensación, pago o remuneración por la donación de órganos y tejidos.
Sin embargo, algunas interpretaciones de la normativa indican que una persona que haya formalizado su decisión de ser donante podría tener prioridad en una lista de trasplantes, si llega a necesitar uno y cumple con criterios médicos y de compatibilidad.
Es importante recordar que todos los procedimientos de trasplante están incluidos en el plan de beneficios de salud, lo que significa que la atención del trasplante y cuidados relacionados no generan costos directos para el paciente dentro de su red de servicios de salud.
Existen algunos reconocimientos institucionales o comunitarios que pueden darse como homenaje agradecimiento social, pero en ninguno de ellos se contempla algún beneficio económico por lo mencionado en los párrafos anteriores.
No, la venta de órganos en Colombia está tipificada como un delito gravísimo de acuerdo a las leyes 73 de 1988 y la 919 de 2004, y el Decreto 2493 de 2004. El acto de donar un órgano es una acción libre, voluntaria y sin ánimo de lucro que realiza una persona con el objetivo de otorgarle a otra una nueva oportunidad de vida o de bienestar.
De igual forma, ningún banco de tejidos o entidad prestadora de servicios de salud puede entregar ningún tipo de remuneración por la donación de componentes anatómicos, sin importar cuál sea.
Las leyes de donación de órganos que regulan esta actividad son claras en decir que la comercialización de componentes anatómicos es considerada delito en Colombia, por esa razón, todo tejido u órgano que es donado tiene un registro y una trazabilidad a nivel nacional llevado a cabo por el Instituto Nacional de Salud y el Ministerio de Salud.
Cualquier persona puede ser donante en Colombia, independientemente de la condición de salud en la que se encuentre en la actualidad. Lo que importa es el estado de los órganos en el momento de la donación.
No existe límite de edad para la donación en Colombia, ya que lo importante es el estado de los órganos en el momento de la donación. Cualquier persona puede ser donante de hígado, córnea, corazón, etc., siempre y cuando sus tejidos se encuentren en las condiciones necesarias.
La ley colombiana estipula que nadie puede recibir tratos o consideraciones especiales en razón de clase social, solvencia económica, etnia o aspectos similares a la hora de recibir un trasplante. Sin embargo, existen factores que determinan la compatibilidad del órgano con los posibles receptores, algunos de estos factores son: grupo sanguíneo, tiempo de espera, gravedad de la condición de salud, ubicación geográfica y otros aspectos médicos de especial interés.
A muchas personas les preocupa su aspecto o el de sus seres queridos que han fallecido luego de la cirugía de donación ya que piensan que no podrán realizar cómodamente el funeral o las exequias. No obstante, es importante comunicar que durante el procedimiento de donación el cuerpo es tratado con dignidad y respeto, por lo que no sufre de desfiguración ni deformación en la apariencia física.
Esto es falso ya que en Colombia existe la presunción legal de donación. Esto significa que toda persona que no cuente con oposición expresa a la donación y que tenga la condición médica legal para hacerlo puede ser donante de órganos luego de su fallecimiento.
La prioridad de los médicos y los demás profesionales de la salud es salvar la vida de los pacientes, agotando todos los métodos disponibles, independientemente de la posición del paciente sobre la donación de órganos. Solo después de que haya un diagnóstico de muerte cerebral o fallecimiento, se contempla la posibilidad de la donación de órganos.
La ley colombiana dicta que un menor de edad puede donar órganos y tejidos siempre y cuando su representante legal dé su consentimiento al respecto.
Esto es falso ya que la donación solo puede contemplarse como posibilidad luego del fallecimiento del paciente o de un diagnóstico de muerte cerebral, que es diferente a un estado de coma. Una persona en coma puede recuperarse, pero un paciente con muerte cerebral no, ya que esto implica una lesión irreversible en el sistema nervioso central que ocasiona el cese total de las funciones vitales del organismo. Una persona con muerte cerebral se considera médica, ética y legalmente como fallecida.
Los trasplantes de riñón, hígado, corazón, córnea y médula ósea están incluidos en el Plan Obligatorio de Salud (POS), por lo que no tienen ningún costo para los receptores, de igual forma, los demás tipos de trasplantes están cubiertos por el sistema de salud y los pacientes no deben pagar por ellos.
Por otro lado, la donación tampoco tiene ningún costo para la familia ni el paciente que decide donar en vida.
La gran mayoría de religiones están de acuerdo y promueven la donación de órganos al tratarse de un acto caritativo, altruista, bondadoso y solidario que busca brindarle una nueva oportunidad de vida a otra persona.
La donación de riñones, hígados, corazón, pulmones y todos los tipos que existen tienen el potencial de salvar la vida de las personas o mejorar radicalmente su calidad de vida. De hecho, dado que un mismo paciente puede donar varios tejidos, se dice que es capaz de salvar 8 vidas con órganos sólidos y beneficiar hasta 56 con tejidos varios como córnea, ligamentos, piel, etc.
Según los datos del Instituto Nacional de Salud, para enero de 2026 Colombia tiene una lista de espera de 4.143 pacientes de los cuales 3.842 están a la espera de un riñón lo que representa un 92,7% del total de los pacientes.
La ultima cifra oficial de Tasa de Donación por millón de habitantes en Colombia corresponde al 2024 donde el dato se ubica en 7,4 dpm. Los que significa una disbalance importante entre la oferta de órganos y la demanda de pacientes que requieren una intervención de alta complejidad relacionada con el trasplante.
Durante el año 2025, se realizaron en Colombia 1.365 trasplantes en todo el territorio nacional, 880 fueron de riñón, 297 de hígado, 96 de corazón, 44 de pulmón, 34 de riñón-pancreas, 10 de riñón-hígado,2 de páncreas, 1 de intestino y 1 de riñón-corazón.
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